Aguinaldo IMSS: fecha y beneficiarios

Aguinaldo de pensionados del IMSS: fecha tentativa, montos y beneficiarios

Resumen: El IMSS pagará el aguinaldo a pensionados por cesantía o vejez de la Ley 73, con depósito tentativo el 2 de noviembre. El monto equivale a una mensualidad y no aplica para el régimen de 1997.

Creado: 2026-10-16 por

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) confirma en el portal oficial del gobierno de México que el aguinaldo anual para pensionados se pagará durante noviembre, aunque la institución no precisa un día exacto. La fecha tentativa del depósito es el lunes 2 de noviembre de 2026, porque el 1 de noviembre cae en domingo, día inhábil para las dispersiones bancarias, y el pago se recorre al primer día hábil siguiente.

  • Fecha tentativa: lunes 2 de noviembre de 2026, al coincidir con la mensualidad ordinaria de ese mes.
  • Beneficiarios exclusivos: pensionados por cesantía en edad avanzada o vejez bajo la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.
  • Monto: una mensualidad completa de la cuantía de la pensión, sin asignaciones familiares ni ayudas asistenciales.

Quiénes sí reciben el aguinaldo del IMSS

El beneficio corresponde de forma exclusiva a quienes cobran una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez bajo la Ley del Seguro Social (LSS) vigente hasta el 30 de junio de 1997, conocida como Ley 73. El instituto lo explica de manera textual:

Como pensionado(a) por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo el amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, tienes derecho a recibir un aguinaldo anual que equivale a una mensualidad de la cuantía de tu pensión.

En contraste, quienes se pensionaron bajo la ley vigente a partir del 1 de julio de 1997, identificada como Ley 97, no tienen derecho a este pago adicional. El IMSS lo aclara en el mismo apartado:

Para las pensiones de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo el amparo de la Ley del Seguro Social vigente no reciben importe por este concepto.

De cuánto es el pago y cuándo se deposita

El artículo 167 de la LSS de 1973 contempla esta prestación para los beneficiarios de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, y establece que el IMSS debe pagarla cada año en noviembre. El aguinaldo equivale a una mensualidad completa de la cuantía de la pensión, pero el cálculo no incluye el importe de asignaciones familiares ni de ayudas asistenciales. Por ello, el monto no siempre coincide con el depósito mensual habitual.

Si la cuantía base de la pensión es de 8,000 pesos mensuales, por ejemplo, el aguinaldo corresponde a esa misma cifra, sin sumar los conceptos adicionales del pago regular.

El calendario oficial de pagos de pensiones fija el lunes 2 de noviembre como fecha de depósito de la mensualidad de ese mes. La fecha se ajusta porque el 1 de noviembre es domingo y, al ser inhábil, el pago se puede recorrer al primer día hábil. Sin embargo, el instituto no ha publicado un comunicado que vincule de forma explícita el aguinaldo con esa fecha; lo único confirmado por la fuente oficial es que el pago se realiza “en el mes de noviembre”.

Requisitos y revisión de la cuantía

El artículo 172 de la misma ley señala que la cuantía de las pensiones por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada se revisa cada vez que se modifican los salarios mínimos, con el mismo incremento porcentual que corresponda al salario mínimo general. En tanto, el artículo 138 establece que para acceder a la pensión por vejez se requieren 65 años de edad y un mínimo de 500 semanas de cotización reconocidas por el instituto. Para la cesantía en edad avanzada, la edad baja a 60 años, con el mismo mínimo de semanas cotizadas. La persona debe además haberse dado de baja del Régimen Obligatorio del Seguro Social y haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.

Diferencias por tipo de pensión

La LSS de 1973 no otorga el mismo monto a todos los pensionados. El artículo 167 establece que las personas pensionadas por incapacidad permanente total o parcial, con un mínimo de 50% de incapacidad, reciben un aguinaldo anual equivalente a quince días del importe de su pensión, no a una mensualidad completa. La misma proporción de quince días aplica a los beneficiarios de pensiones por viudez, orfandad y a los ascendientes pensionados bajo el artículo 73 de la ley.

Solo quienes reciben una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez bajo el régimen de 1973 tienen derecho al monto equivalente a una mensualidad completa, cifra superior al resto de las modalidades.

Qué hacer si el depósito no aparece

Si el depósito no se refleja en la cuenta después de la fecha estimada, el IMSS recomienda esperar algunos días hábiles antes de iniciar cualquier trámite, ya que los bancos pueden presentar retrasos en la dispersión de fondos. Pasado ese margen, el pensionado puede comunicarse al número 800 623 2323, opción 3, para solicitar una aclaración directa sobre su caso.

Es recomendable tener a la mano el número de seguridad social y la resolución de pensión antes de realizar la llamada. Ese documento permite identificar si la pensión corresponde a la Ley de 1973 o a la Ley de 1997, dato que determina de forma directa si existe derecho al aguinaldo. También es posible consultar el estatus del pago en el apartado de pensiones del portal oficial del instituto.

El aguinaldo de noviembre representa un ingreso adicional relevante para los pensionados de la Ley de 1973, especialmente porque equivale a una mensualidad completa. Conocer el régimen legal de la pensión y la fecha tentativa de depósito permite a los beneficiarios planificar sus finanzas y acudir a los canales oficiales solo si el pago presenta retrasos.

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