La Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) detuvo este martes 20 de octubre de 2026 al exjuez Enrique Romero Razo, señalado por delitos contra la administración de justicia y evasión de reos. El operativo se realizó después de un cateo en su domicilio, ubicado en la calle privada C de la 14 Sur, número exterior 1507, en la colonia El Ángel de la capital poblana.
El arresto reactiva un caso de alto impacto: el exjuzgador había sido investigado desde mayo por intentar modificar la medida cautelar del feminicida de Karla López Albert, una de las víctimas que marcó la agenda de justicia en Puebla.
- Detención en Puebla: La FGE ejecutó un cateo en la vivienda del exjuez y le imputa delitos contra la administración de justicia y evasión de reos.
- Antecedente directo: Romero Razo dictó la condena de 76 años contra Manuel Forcelledo, feminicida de Karla López Albert, pero después fue señalado por impulsar una medida cautelar irregular.
- Litigio pendiente: La captura ocurre mientras el exjuzgador mantenía un amparo federal y un incidente por desacato contra su readscripción a Ciudad Serdán.
El exjuez y la audiencia que encendió las alarmas
Romero Razo acumulaba una trayectoria de 30 años en el Poder Judicial del Estado de Puebla. Su cargo más reciente fue como juez de lo Civil y de lo Penal en San Pedro Cholula, antes de su reubicación administrativa a Ciudad Serdán.
El antecedente penal que marcó su proceso es el caso de Manuel Forcelledo, condenado a 76 años de prisión por el asesinato de su pareja, Karla López Albert, ocurrido en 2014 mientras ella cursaba un embarazo. El propio Romero Razo había dictado la sentencia condenatoria en 2021, después de siete años de proceso.
Para el 12 de mayo de 2026 estaba programada una audiencia de revisión de la medida cautelar del sentenciado. Romero Razo solicitó licencia para ausentarse del 11 al 14 de mayo, pero el Consejo de la Judicatura del Estado se la negó. Pese a ello, no acudió a la diligencia y dejó a su secretaria de acuerdos con instrucciones sobre cómo resolverla.
En esa audiencia se autorizó sustituir la prisión preventiva oficiosa de Forcelledo por arresto domiciliario con brazalete electrónico y firma periódica. De acuerdo con los reportes, la diligencia no fue transmitida ni notificada a los familiares de la víctima. Las autoridades judiciales intervinieron para frenar la ejecución de la medida y ordenaron que Forcelledo permaneciera en prisión preventiva en el Cereso de San Pedro Cholula.
El gobernador de Puebla, Alejandro Armenta Mier, confirmó entonces la existencia de un procedimiento contra el juzgador.
“Hay un procedimiento que, hasta donde yo tengo entendido, se está haciendo contra este juez, que está o cometió actos irregulares”, declaró el mandatario estatal.
Readscripción, amparo y desacato
Tras el escándalo, el Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla (CJPJEP) acordó el 30 de junio readscribir a Romero Razo del Juzgado Segundo de Cholula al distrito judicial de Chalchicomula, con sede en Ciudad Serdán, con efectos a partir del día siguiente.
El exjuez impugnó esa decisión por motivos de salud y promovió un amparo el 17 de julio. El 19 de agosto, el juez federal Francisco René Olivo Loyo, titular del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales de Puebla, le otorgó la suspensión definitiva con efectos restitutorios y fijó un plazo de tres días para que regresara al juzgado de Cholula.
La resolución se notificó al Consejo el 31 de agosto, que tuvo del 1 al 3 de septiembre para acatarla. El plazo venció sin que la orden se cumpliera. Ante el incumplimiento, la defensa de Romero Razo, a cargo del abogado Raúl Andrade Osorio, promovió un incidente por desacato el 20 de septiembre. El Consejo informó que había programado una sesión para el 8 de octubre, pero la reunión no se llevó a cabo por falta de quórum, ante la ausencia de la consejera Araceli Cabido Vaillard y del consejero presidente Pedro Antonio Martínez Hernández, según un oficio firmado por Doryan Eliseo López Camacho, secretario del Pleno del Consejo.
El juez Olivo Loyo declaró fundado el recurso de la defensa y advirtió que, de persistir el desacato, presentaría una querella ante la Fiscalía General de la República (FGR). El delito de desobedecer una suspensión debidamente notificada se castiga con 3 a 9 años de prisión y multa de 50 a 500 días de salario.
“La determinación cautelar es obligatoria y debe cumplirse en sus propios términos, sin que la organización o los procedimientos internos de la autoridad desplacen la fecha fijada judicialmente”, señaló el juez federal en su resolución.
Romero Razo había sostenido que la resistencia del Poder Judicial estatal a restituirlo en su cargo respondía a una represalia en su contra. Su detención de este 20 de octubre se produjo en medio de ese litigio administrativo todavía sin resolución definitiva.