Estimar cuánto recibirá un trabajador al jubilarse exige entender dos variables centrales: las semanas cotizadas acumuladas y el régimen del IMSS al que pertenece. A esa tarea se suma un ajuste reciente a la Modalidad 40, que cambia las posibilidades de elevar el salario de cotización antes del retiro.
- Requisitos por régimen: la Ley 73 pide mínimo 500 semanas cotizadas; la Ley 97 exige 875 semanas en 2026.
- Modalidad 40: el salario base queda limitado al último salario registrado antes de la baja más una UMA adicional.
- Herramientas oficiales: el IMSS y la Consar ofrecen simuladores para validar los montos estimados.
Semanas cotizadas: consulta y mínimos por ley
El punto de partida es conocer las semanas cotizadas, disponibles en el reporte oficial del IMSS a través de la plataforma IMSS Digital. Ese documento muestra el historial completo de aportaciones. Bajo la Ley 97, que aplica a quienes comenzaron a cotizar después del 1 de julio de 1997, el mínimo en 2026 es de 875 semanas; aumentará 25 semanas cada año hasta llegar a 1,000 semanas en 2031, de acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar). En contraste, la Ley 73, para altas anteriores a esa fecha, requiere 500 semanas cotizadas, y cada semana adicional por encima de ese piso mejora el monto final mediante incrementos anuales.
Antes de hacer cuentas, conviene reunir cinco datos: fecha de nacimiento y sexo, número de semanas cotizadas, año en que se empezó a cotizar al IMSS, edad a la que se planea retirarse (entre 60 y 65 años) y salario base de cotización. Para la Ley 73, el salario requerido es el promedio de los últimos cinco años, equivalentes a 250 semanas; para la Ley 97, se necesita el salario actual y el saldo acumulado en la cuenta Afore.
Cálculo de la pensión bajo la Ley 73
En este régimen se sigue el procedimiento del artículo 167 de la Ley del Seguro Social de 1973. Primero se obtiene el salario diario promedio de las últimas 250 semanas de cotización (unos 4.8 años) y se expresa en veces el salario mínimo. Después se ubica el grupo salarial en la tabla del artículo 167, que asigna una cuantía básica más un incremento anual.
El siguiente paso es sumar los incrementos por las semanas que excedan las primeras 500: un incremento completo por cada bloque de 52 semanas adicionales. Del remanente, se suma medio incremento si va de 13 a 26 semanas, y uno completo si supera las 26 semanas. Luego se ajusta el porcentaje según la edad de retiro, conforme al artículo 171, que toma como año completo la fracción de más de seis meses; por ejemplo, 60 años y 6 meses otorgan el mismo porcentaje que 61 años. El porcentaje final, compuesto por la cuantía básica más los incrementos, se aplica sobre el salario promedio para obtener la pensión mensual.
Cálculo de la pensión bajo la Ley 97
Bajo la Ley 97, la base del cálculo es el saldo acumulado en la cuenta individual Afore al momento del retiro. Según la metodología de la Consar, primero se proyecta ese saldo a la edad de retiro, considerando el saldo actual, el rendimiento esperado y las aportaciones obligatorias y voluntarias que se sigan realizando.
Ese saldo se divide entre una anualidad contingente —un valor fijo según el género del trabajador y la edad de retiro— y se ajusta con un margen de seguridad del 2%. El resultado se compara con la Pensión Garantizada, que depende del salario, las semanas cotizadas y la edad de retiro según la Ley del Seguro Social. Si el cálculo supera ese piso, se paga el monto calculado; si es menor, se otorga la Pensión Garantizada. Además existe un complemento solidario: cuando la pensión mensual calculada queda por debajo de 17,885.85 pesos, el Gobierno aporta la diferencia hasta alcanzar ese monto.
Cambios a la Modalidad 40
El Consejo Técnico del IMSS aprobó el 10 de octubre de 2026 un acuerdo que reforma la Modalidad 40. La disposición se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de octubre y entró en vigor el 22 de octubre de 2026.
Antes de este cambio, cualquier persona podía inscribirse declarando un salario de hasta 25 UMA, equivalentes a 87,983 pesos mensuales, sin importar cuánto ganaba en su último empleo formal. Ahora el salario base de cotización queda limitado al último salario registrado antes de la baja, más una UMA adicional de 117.31 pesos diarios, y no puede ser inferior al salario mínimo general vigente.
El acuerdo también elimina los pagos retroactivos: antes era posible regularizar meses atrasados desde la fecha de baja laboral, pero con la nueva regla la inscripción solo surte efecto desde el día en que se presenta la solicitud. A esto se suman otras tres modificaciones: el trámite deberá realizarse exclusivamente por medios digitales, sin opción presencial; quienes cotizan como trabajadores independientes bajo la Modalidad 10 ya no podrán combinarla con la Modalidad 40 y deberán elegir un solo esquema; y el IMSS llevará a cabo un estudio actuarial en los próximos seis meses para evaluar la sostenibilidad financiera del programa.
Simuladores oficiales para validar los montos
Dado que las tablas y variables cambian año con año, lo más práctico es usar los simuladores oficiales. El simulador del IMSS, disponible en tspi.imss.gob.mx, está orientado a la Ley 73 y pide año de inicio de cotización, edad actual, semanas cotizadas y promedio salarial de los últimos cinco años. La calculadora de Consar, diseñada para la Ley 97, permite comparar escenarios de retiro programado frente a renta vitalicia y simular distintas edades de retiro.
El cambio a la Modalidad 40 reduce la posibilidad de incrementar artificialmente el salario base y, con ello, la pensión final. Por eso conviene revisar con anticipación el historial de semanas cotizadas y utilizar las herramientas oficiales para delinear una estrategia de retiro consistente con el régimen aplicable.